domingo, 1 de febrero de 2009

Administracion de Consorcios

Administracion de Consorcios :

Por que deberia estar a cargo de un profesional en Ciencias Economicas

La vida moderna ha concentrado a las personas en edificios de propiedad horizontal. Hasta hace cincuenta años era desconocida y en la actualidad en la Ciudad de Rosario gran parte de la población vive en es este tipo de edificios. La vida en una comunidad consorcial es compleja y en tiempos recientes se ha tornado difícil, ya que la mayoría de sus integrantes sale por la mañana temprano y regresa a sus hogares muy tarde, con toda la carga emocional que ha ido acumulando con su actividad laboral. Un aspecto a diferenciar en los edificios es cómo está compuesto según el destino de sus unidades de acuerdo con lo que fija el Reglamento de Copropiedad y Administración que es ley para todos los copropietarios y que debe estar en consonancia con la Ley N° 13.512 de Propiedad Horizontal. Se hace referencia que hay edificios en los que las unidades funcionales están destinados exclusivamente a viviendas, otros que destinan la mayoría a vivienda y se autoriza la existencia de consultorios para profesionales y otros destinan el edificio para oficina. Las combinaciones son variadas como se puede observar, y hay otros en los que conviven los destinados a vivienda y en planta baja o subsuelos los correspondientes a locales comerciales. Generalmente los titulares de estos locales no viven en el edificio y además son inquilinos. Los locales comerciales por su ubicación tienen un tratamiento distinto desde el punto de vista de las liquidaciones de expensas. Habitualmente a estas unidades destinadas para el comercio no le corresponden los gastos vinculados con los ascensores: abonos, mantenimiento y reparaciones. Tampoco les corresponde, por ejemplo, y de existir, los gastos de calefacción central. Si poseen individual en el local. Es de destacar otra cuestión que hace a los gastos comunes y aquellos que impliquen una mejora para el inmueble, ya que en principio los gastos comunes no hay duda que estarán a cargo del locatario, en cambio si es un gasto extraordinario, por ejemplo la reparación y pintura de todo el edificio le corresponde hacerse cargo al locador. Habrá que estudiar en este caso si existe algún acuerdo entre las partes. Estos puntos detallados deben ser analizados por el titular del comercio en forma regular y permanente a efectos de tener bajo su control a las expensas, que son una variable significativa en sus costos de explotación. Sin lugar a dudas que los profesionales en Ciencias Económicas son los que obtienen mejor formación en la Universidad para desarrollar la Administración de un Consorcio regido por la Ley 13.512 y con la transparencia que debe contar ésta en su ejercicio, siendo económica, eficiente y eficaz.
No se deben perder de vista dos cosas importantes para destacar, en el ejercicio de ésta profesión:
1) La necesidad de una capacitación permanente en los distintos tópicos del funcionamiento de un Consorcio.
2) No se debe dejar de ocupar este espacio, que es de incumbencia de los profesionales en Ciencias Económicas.

Hoy en día, es una actividad que no está regulada y es ejercida por profesionales de distintas ramas e idóneos.

Gracias por leer la nota y espero vuestros comentarios

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